domingo, 18 de enero de 2026

DESMENTIDO VIRAL: LA VERDAD SOBRE LOS PRODUCTOS MARROQUIES, LOS CONTROLES SANITARIOS Y LA COMPETENCIA DESLEAL

 

Introducción

En las últimas semanas ha vuelto a circular en redes sociales un mensaje viral que afirma que los productos agrícolas procedentes de Marruecos no pasan controles sanitarios en España y que pueden identificarse fácilmente por el prefijo “611” en el código de barras. Aunque estas afirmaciones han sido desmentidas por el Ministerio de Agricultura español, la Comisión Europea y organismos de verificación como Maldita.es o EFE Verifica, el bulo sigue propagándose.

La persistencia de este mensaje no es casual. Mezcla información falsa con una preocupación real y legítima del sector agrícola español: la desigualdad de condiciones frente a competidores extracomunitarios. Para entender el debate, es necesario separar claramente la desinformación del problema estructural real.

El bulo: código de barras 611 y supuesta exención de controles

El mensaje viral sostiene dos ideas principales:

  1. Que los productos marroquíes se identifican por códigos de barras que comienzan por “611”.
  2. Que dichos productos no están sujetos a controles sanitarios al entrar en España.

Ambas afirmaciones son falsas.

Qué significa realmente el prefijo 611

El prefijo “611” de un código de barras no indica el país de origen del producto. Únicamente señala que la empresa que ha registrado ese código está adscrita a GS1 Marruecos, la organización que gestiona la asignación de códigos comerciales en ese país.

Esto es exactamente lo mismo que ocurre con los códigos que comienzan por “84”, asignados por GS1 España: no garantizan que el producto sea español, ni que se haya cultivado, producido o envasado en España.

Según la Asociación Española de Codificación Comercial (AECOC), los códigos de barras no permiten identificar el origen geográfico real de un producto. De hecho, una empresa española puede importar tomates de Marruecos y venderlos con un código que empiece por “84”, del mismo modo que una empresa marroquí puede comercializar productos con códigos asignados por otras filiales de GS1.

Utilizar los códigos de barras como prueba del origen o de la legalidad sanitaria de un producto es, sencillamente, incorrecto.

Los controles sanitarios sí existen y son obligatorios

Es igualmente falso que los productos agrícolas marroquíes estén exentos de controles sanitarios.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de España ha negado explícitamente cualquier acuerdo que suprima inspecciones, recordando que todos los productos alimentarios procedentes de terceros países están sujetos a controles fronterizos obligatorios conforme a la normativa de la Unión Europea.

La Comisión Europea confirma que cualquier alimento comercializado en la UE, ya sea de producción interna o importado, debe cumplir las normas sanitarias y fitosanitarias europeas.

Estos controles incluyen:

  • Control documental, para verificar la trazabilidad y la documentación del envío
  • Control de identidad, con frecuencias establecidas por reglamentos europeos
  • Control físico, que puede incluir inspecciones visuales y análisis de muestras

Conviene recordar, además, que la política comercial y aduanera es una competencia exclusiva de la Unión Europea según el Tratado de Lisboa. España no puede, de forma unilateral, eliminar ni modificar estos controles.

El problema real: competencia desleal por asimetría normativa

Si los controles sanitarios existen, ¿por qué protestan los agricultores españoles?
La respuesta no está en la inspección en frontera, sino en las condiciones de producción.

Diferencias estructurales en costes laborales

Los agricultores españoles están sujetos a salarios mínimos, convenios colectivos, cotizaciones sociales y estrictas normativas laborales. En otros países productores, como Marruecos, los costes salariales en el sector agrícola son muy inferiores, lo que genera una diferencia estructural difícil de compensar.

No se trata de una irregularidad, sino de modelos socioeconómicos distintos que compiten en un mismo mercado sin exigir las mismas obligaciones.

Uso de sustancias permitidas fuera de la UE

Otro punto clave es el marco fitosanitario. Marruecos autoriza el uso de determinadas sustancias fitosanitarias que están prohibidas en la Unión Europea por motivos medioambientales o de salud pública.

La UE controla que los productos importados no superen los límites máximos de residuos permitidos, pero el uso de estas sustancias en origen puede reducir significativamente los costes de producción y aumentar el rendimiento agrícola. Aunque el producto final cumpla los límites legales, la ventaja competitiva ya se ha producido durante el proceso productivo.

Controles fronterizos: obligatorios pero limitados en alcance

Los controles físicos y analíticos en frontera no se aplican a la totalidad del volumen importado, sino a una proporción limitada, definida por criterios de riesgo y frecuencia. Este sistema es legal y está armonizado a nivel europeo, pero el gran volumen de importaciones hace que no todos los envíos sean inspeccionados físicamente.

Esto no implica ausencia de control, pero sí alimenta la percepción de insuficiencia entre los productores europeos, especialmente cuando compiten con productos más baratos.

Políticas de apoyo y subsidios

Marruecos ha desarrollado políticas activas de apoyo a su sector agrícola, incluyendo subvenciones directas, ayudas a fertilizantes y programas de expansión productiva. Estas políticas, legítimas dentro de su marco nacional, contrastan con las restricciones presupuestarias y regulatorias a las que están sometidos muchos agricultores europeos.

Evolución del mercado: un cambio de liderazgo

Los datos comerciales reflejan este desequilibrio. En la última década, España ha perdido peso como principal proveedor de tomates en la UE, mientras Marruecos ha incrementado de forma sostenida sus exportaciones.

Este cambio no responde a un único factor, sino a la combinación de:

  • Diferencias de costes
  • Marco normativo desigual
  • Estrategias comerciales y acuerdos preferenciales

El Sáhara Occidental: un factor añadido de controversia

A finales de 2024, la UE modificó su acuerdo comercial con Marruecos, permitiendo que productos procedentes del Sáhara Occidental se beneficien de las mismas preferencias arancelarias. Esta decisión, ratificada en el Parlamento Europeo, sigue siendo objeto de debate jurídico y político tras sentencias previas del Tribunal de Justicia de la UE.

Diversos actores advierten de que esta ampliación podría incrementar aún más la superficie productiva disponible para exportación, intensificando la presión sobre los agricultores europeos.

Conclusión: desinformación y problema real no son lo mismo

El bulo del código de barras “611” es falso.
Los productos marroquíes sí pasan controles sanitarios obligatorios para entrar en la Unión Europea.

Pero eso no invalida la queja de fondo del sector agrícola español: la competencia se produce bajo reglas de producción distintas, con exigencias laborales, medioambientales y económicas muy superiores para los productores europeos.

Desmentir la desinformación es necesario.
Reconocer el problema estructural de competencia desleal también lo es.

Solo separando ambos planos —el del bulo y el del debate real— se puede abordar el problema con rigor y honestidad

No hay comentarios:

Publicar un comentario